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¿Quién paga en un accidente si el vehículo contrario no tiene seguro?

Hola amigos,

Hoy vamos a comentar qué puede pasar y pasará en caso de que tengamos un accidente de circulación y cuando el vehículo culpable carece de seguro obligatorio.

Bien, en primer lugar, hemos de suponer que todos los vehículos han de estar asegurados, pero por desgracia no es así. Una gran parte de la población no tiene asegurado el vehículo en ninguna compañía, ¿entonces? En caso de accidente con otro vehículo, atropello a peatón o colisión con mobiliario urbano o edificio, ¿quién paga esa indemnización que pudiera corresponder al perjudicado/a?

Os presentamos al Consorcio de Compensación de Seguros. Esta es una entidad a la que todos los ciudadanos del país aportamos nuestro granito de arena, de nuestra cuota anual, es nuestro donativo al cestillo particular del estado para dicha entidad pública. ¿Qué cómo? Coged vuestro recibo del banco en el que habéis pagado la prima de vuestro seguro o vuestra póliza del seguro contratado y buscad el apartado donde se destina una cantidad que ronda los 3,5 euros que cada asegurado del país destina al Consorcio.

Pues bien, pensareis, entonces el Consorcio de Compensación de Seguros…¡somos todos, como Hacienda! Pues sí, con la única diferencia que gracias a estos 3,5 euros que destina cada asegurado al Consorcio se pueden afrontar las miles de reclamación por daños materiales y personales que se producen por accidentes, cuando el culpable no tiene seguro obligatorio suscrito a su vehículo.

Una vez indemnizado el perjudicado, el Consorcio podrá actuar contra el conductor responsable del siniestro, afrontando incluso en el momento del siniestro (si acuden las autoridades correspondientes) a una multa económica y a la inmovilización del vehículo.

Qué pasos seguir en caso de accidente contra un vehículo culpable sin seguro.

1 – Coger la matrícula del vehículo responsable del accidente.

2 – Averiguar si tiene Seguro Obligatorio.

3 – En caso de obtener la matrícula, dar parte del accidente a nuestro seguro y si sabemos con certeza que no tiene seguro el otro vehículo, dar parte al Consorcio de Compensación de Seguros.

4 – Realizar una recuperación en clínicas de convenio Unespa.

5 – Proceder a la reclamación por daños materiales (los cuales seguramente deberemos de pagar nosotros previamente y luego reclamarlos) por lesiones personales, contra el Consorcio de Compensación de Seguros.

6 – Esperar a la posible Oferta Motivada o Respuesta Motivada del Consorcio.

Con esto amigos, os hemos explicado quién paga una reclamación cuando el otro vehículo carece de seguro. En la próxima entrada os comentare para qué sirve el Apartado de Defensa Jurídica de vuestra póliza de seguro y como os afecta tanto a vosotros conductores como a los ocupantes de un vehículo en caso de accidente.

¡Un saludo!

Un comentario en “¿Quién paga en un accidente si el vehículo contrario no tiene seguro?

  1. Muy interesante. No tenía ni idea de lo del Consorcio de Compensación de Seguros. ¡Gracias por la información!

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